Plan de prevención comunitario de adicciones de la Mancomunidad de la Merindad de Durango 2019-2023

El artículo 68.1 a) de la Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias atribuye a los municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en sus respectivos ámbitos territoriales, la competencia para la elaboración, el desarrollo y la ejecución del Plan Local sobre Adicciones y, en general, de programas y actuaciones en esta materia, de acuerdo con las prescripciones contenidas en esta ley y en el Plan sobre Adicciones de Euskadi y, en su caso, en el correspondiente plan foral.

Y el artículo 71 de la citada Ley establece que los planes locales se configurarán como el instrumento de planificación, ordenación y coordinación que recogerá el conjunto ordenado de programas y actuaciones que en materia de adicciones se realicen, respectivamente, en los ámbitos municipal y supramunicipal de conformidad con los objetivos y criterios inspiradores de la Ley, y en coherencia con el contenido del Plan sobre Adicciones de Euskadi.

El primer Plan Local de Drogodependencias de la Mancomunidad de la Merindad de Durando se elaboró en 1997. Los planes posteriores han continuado con los programas integrados en los planes, mejorando, adecuando e incorporando nuevas actividades. En el IV Plan se seguirá en la misma línea que hasta ahora.